DestacadoMás allá de LeónSociedad

Reforma del Reglamento de Circulación: qué cambia en León desde el 1 de octubre

La nueva normativa refuerza la protección de motoristas, ciclistas y peatones, fija los 15 años como edad mínima para conducir patinetes y modifica los adelantamientos en carretera.

La nueva normativa refuerza la protección de motoristas, ciclistas y peatones, fija los 15 años como edad mínima para conducir patinetes y modifica los adelantamientos en carretera.

La reforma del Reglamento de Circulación entrará en vigor el jueves 1 de octubre de 2026. Los cambios afectarán a quienes circulan por León y el resto de España, con nuevas obligaciones sobre equipamiento, adelantamientos y convivencia en las ciudades.

El Real Decreto 518/2026 establece una edad mínima para conducir patinetes, exige más protección a los motoristas y obliga a reducir la velocidad al adelantar a usuarios vulnerables fuera de poblado. Además, incorpora un título específico sobre circulación urbana. La DGT ha confirmado el calendario general de aplicación.

Dos obligaciones tendrán un año de adaptación: el alumbrado diurno de los vehículos de movilidad personal y la sustitución de los cascos certificados de ciclomotor por cascos homologados. Ambas serán exigibles desde el 1 de octubre de 2027.

Motoristas: guantes en carretera y calzado cerrado también en ciudad

Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas. Mientras no entren en vigor las especificaciones técnicas que establezca una orden ministerial, podrán emplear guantes de protección de las características actuales.

También será obligatorio llevar calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía, incluidas las calles de la ciudad. Las motocicletas deberán incorporar un chaleco reflectante de alta visibilidad a su dotación.

El casco deberá cumplir la homologación UNECE R22, aunque los usuarios de ciclomotor dispondrán del periodo transitorio mencionado.

El reglamento contempla una excepción para vehículos con estructura de autoprotección y cinturones, cuando esas características figuren en su documentación técnica: sus ocupantes deberán utilizar el cinturón y quedarán exentos de casco, guantes y calzado cerrado. Así lo recoge el artículo 118 reformado.

Por otra parte, quienes desarrollen su actividad profesional circulando en moto, ciclomotor, bicicleta o patinete deberán usar chaleco reflectante durante esa actividad en todo tipo de vías.

Patinetes: casco obligatorio y edad mínima de 15 años

La reforma del Reglamento de Circulación establece unas reglas comunes para los vehículos de movilidad personal. Las ordenanzas municipales podrán completarlas dentro del marco estatal.

Las principales obligaciones serán:

  • Tener al menos 15 años para conducirlos.
  • Utilizar casco de protección correctamente abrochado.
  • Llevar de noche o con escasa visibilidad elementos luminosos o reflectantes visibles a 150 metros.
  • Señalizar las maniobras con el brazo.
  • Mantener encendido el alumbrado, con el aplazamiento hasta octubre de 2027 de la obligación durante el día.

Los patinetes seguirán sin poder circular por autopistas, autovías y travesías. Fuera de poblado, podrán utilizar determinadas vías ciclistas o vías donde esté prohibida la circulación de vehículos de motor, siempre que la señalización lo permita.

Adelantar a ciclistas exigirá reducir la velocidad

Uno de los cambios con mayor impacto en las carreteras de la provincia afecta a los adelantamientos a usuarios vulnerables.

Fuera de poblado, el conductor deberá efectuar la maniobra al menos 20 km/h por debajo del límite del tramo. En una carretera limitada a 90 km/h, por ejemplo, no podrá superar los 70 km/h durante el adelantamiento.

Además, deberá respetar la separación lateral mínima de 1,5 metros. Cuando exista más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril.

La protección también alcanza a otros usuarios, como peatones, ciclomotores y vehículos de movilidad personal. Asimismo, se fijan precauciones específicas al rebasar vehículos inmovilizados por avería o accidente y determinados servicios que ocupen la vía.

En ciudad, los conductores de vehículos a motor deberán mantener al menos cinco metros con la bicicleta que circule delante por el mismo carril.

Bicicletas y peatones ganan protección en las calles

Los ciclistas deberán llevar casco en vías interurbanas, al desaparecer las excepciones anteriores. Los menores de 16 años seguirán obligados a utilizarlo en cualquier vía. También deberán llevarlo en ciudad quienes trabajen circulando en bicicleta.

Las aceras quedan reservadas a los peatones. Las ordenanzas podrán permitir que circulen en bicicleta menores de hasta 12 años acompañados por un adulto a pie.

Además, los ayuntamientos podrán autorizar y señalizar la circulación ciclista en ambos sentidos en determinadas calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos.

El nuevo marco también contempla caminos escolares seguros y medidas para reducir el riesgo cerca de colegios, hospitales y residencias.

Carriles de emergencia y motos por el arcén

En autopistas y autovías, los conductores deberán abrir un carril de emergencia cuando haya retenciones y se aproximen vehículos prioritarios.

Las motocicletas solo podrán utilizar el arcén en los tramos habilitados y señalizados, con el tráfico detenido por congestión. Deberán circular en fila de uno y a un máximo de 30 km/h.

Cuando la nieve dificulte la circulación en estas vías, quedará prohibido adelantar. Se circulará por la derecha, aunque en tramos con tres o más carriles por sentido podrá utilizarse también el contiguo, dejando libres los restantes de la izquierda para emergencias y quitanieves.

Multas: la sanción económica y los puntos se valoran por separado

La DGT ha anunciado multas de 200 euros por incumplimientos como circular sin los guantes o el calzado exigidos en moto y no utilizar casco en patinete. La cuantía concreta depende de la infracción aplicable. Información oficial de Tráfico.

Como regla general, la Ley de Tráfico contempla multas de hasta 100 euros para infracciones leves, 200 euros para graves y 500 euros para muy graves, con excepciones.

Una infracción grave no implica siempre pérdida de puntos. La ley recoge, entre otros supuestos, seis puntos por determinados adelantamientos peligrosos a ciclistas y cuatro por no mantener la distancia de seguridad.

Las infracciones cometidas conduciendo bicicletas o patinetes no restan puntos, porque estos vehículos no requieren permiso o licencia de conducción. Así lo establece la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial.

Qué aspectos conviene revisar ante una denuncia

El departamento jurídico de Pyramid Consulting, autor del informe que sirve de base a esta información, prevé dudas durante la adaptación a las nuevas obligaciones.

La firma destaca tres cuestiones: acreditar que una persona circulaba por motivos profesionales, describir correctamente la maniobra denunciada y respetar los plazos transitorios.

Por ello, recomienda comprobar la fecha de los hechos, el tipo de vía, el vehículo y la obligación concreta presuntamente incumplida. También considera necesario identificar a la persona responsable en cada supuesto.

La convivencia de medidas que comienzan este octubre con otras aplazadas a 2027 hará especialmente relevante distinguir qué obligación resultaba exigible el día de los hechos.

Fuente
Pyramid Consulting
Mostrar más

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba