En León, la Audiencia Provincial ha resuelto uno de los procedimientos penales más mediáticos de los últimos años por el uso de escopolamina en un círculo de confianza. La Sala considera probado que Natalia Torices González adquirió la sustancia y la administró en bebidas a varias personas de su entorno, lo que provocó episodios de síndrome confusional, ingresos hospitalarios y, en dos casos, la sustracción de dinero aprovechando la situación de indefensión.
La sentencia detalla que los hechos se produjeron entre febrero de 2018 y enero de 2019, con víctimas vinculadas por amistad y trato habitual. En varios episodios, las intoxicaciones derivaron en ingresos en UCI o atención urgente, según los hechos declarados probados por el tribunal.
Qué da por probado el tribunal
Según el relato judicial, la acusada actuó de forma planificada: contactó con víctimas, compartió consumiciones y, después, aparecieron cuadros compatibles con intoxicación por escopolamina, con síntomas como desorientación, agitación, alteración del lenguaje y midriasis.
En paralelo, la resolución describe un engaño económico prolongado: la acusada habría simulado padecer un cáncer para solicitar ayuda económica a una familia cercana, dinero que, siempre según la sentencia, terminó destinado al juego online. En ese punto, el tribunal fija como cantidad entregada 207.800 euros durante el periodo del engaño.
Delitos por los que condena y de los que absuelve
La Audiencia absuelve a la acusada de homicidio en grado de tentativa, de determinados hechos que no quedaron acreditados y de los delitos de falsedad documental por los que también se pedía condena.
Sin embargo, la Sala sí la condena por un bloque principal de delitos: lesiones agravadas por la administración de la sustancia, además de robos con violencia y estafas vinculadas a apoderamientos de dinero y operaciones bancarias, junto con una estafa continuada por el engaño de la falsa enfermedad.
Penas e indemnizaciones: las cifras clave
La sentencia impone penas de prisión por cada uno de los delitos apreciados, con la atenuante de dilaciones indebidas. Entre los hechos económicos, la resolución fija indemnizaciones relevantes, entre ellas:
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189.000 euros por el dinero estafado a herederos y familiares en el episodio del engaño continuado.
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9.000 euros por el dinero sustraído en uno de los robos.
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1.430 euros por otra sustracción vinculada a tarjetas y efectivo.
Además, establece cantidades por lesiones según baremo y recuerda que las indemnizaciones devengan el interés legal correspondiente.
Una resolución que aún no es firme
El fallo no es definitivo: la propia sentencia indica que cabe recurso ante el órgano superior competente dentro del plazo legal, tras la notificación.