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El Programa de Acercamiento Intergeneracional: Alojamientos Compartidos es una iniciativa de la Junta de Castilla y León que pretende ofrecer una respuesta efectiva a las necesidades del colectivo de personas mayores y del alumnado universitario de Castilla y León. Se inicia en el año 1997, y en la actualidad, además de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y las Universidades de Burgos, León, Salamanca y Valladolid, colaboran los Ayuntamientos de Ávila, Burgos, León, Palencia, Ponferrada, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.
1. OBJETIVOS |
La finalidad del programa se centra en ofrecer una alternativa de convivencia entre las personas mayores y el alumnado universitario, compartiendo la vivienda de la persona mayor, durante el curso académico, favoreciendo las relaciones intergeneracionales y dando respuesta a las motivaciones de ambos colectivos, según el proyecto de vida de cada persona. A través de este programa se pretenden conseguir los siguientes objetivos:
- Favorecer la permanencia de las personas mayores en su entorno, evitando situaciones de soledad y aislamiento
- Facilitar modalidades de alojamiento alternativo al alumnado universitario
- Favorecer la solidaridad entre ambas generaciones
2.- REQUISITOS DE ADMISIÓN |
2.1. Personas mayores
- Con carácter general, tener 60 años o más
- Disponer de una vivienda (propia, alquilada, cedida, etc.) que reúna unas garantías mínimas de habitabilidad
- Ser una persona autónoma para el desempeño de las actividades de la vida diaria, por sí misma o con la ayuda de cuidadores informales o profesionales
- Asumir los compromisos adoptados y aceptar las condiciones del programa
2.2. Estudiantes
- Ser mayor de edad (menores con autorización)
- Estar vinculado, como alumno o con otro rol, a la Universidad de Burgos, León, Salamanca o Valladolid
- Ser una persona autónoma para el desempeño de las actividades de la vida diaria, por sí misma o con la ayuda de cuidadores informales o profesionales
- Estar en condiciones de salud adecuadas, para para una experiencia de convivencia positiva para ambos
- Asumir los compromisos adoptados y aceptar las condiciones del programa
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.1. De la Persona Mayor
- Poner a disposición de la persona universitaria una habitación con lo necesario para que pueda desarrollar su actividad académica, incluyendo la posibilidad de acceso a internet
- Permitirle hacer uso de todas las habitaciones y equipamientos de la vivienda que se consideren comunes
- Proporcionarle una llave de la vivienda
- Respetar la intimidad de la persona universitaria (vestuario, enseres, dependencias propias, horarios de clase y estudios, etc.)
- Disponer de un seguro de hogar
- Las específicas que se acuerden por ambas partes
3.2. De la persona universitaria
- Hacerse cargo de la limpieza y mantenimiento de su habitación y colaborar en el mantenimiento y limpieza de las dependencias comunes
- Cuidar las dependencias de la vivienda y respetar la intimidad de la persona mayor
- Hacer un uso adecuado de la llave de la vivienda
- Abonar los gastos correspondientes al 50% que, en ningún caso, podrá superar los 75 €, para contribuir a gastos comunes como la electricidad, calefacción, agua o conexión a internet. Podrá adoptarse otra fórmula, siempre que sea consensuada por ambas partes y que no supere la cantidad anteriormente citada.
- Las específicas que se acuerden por ambas partes
3.3. De las Universidades implicadas
- Realizar un proceso de selección para emparejar perfiles coincidentes
- Garantizar la existencia de un Seguro de Hogar
- Realizar tareas de seguimiento y orientación de las convivencias
- Elaborar todas las tareas administrativas derivadas de las convivencias (contratos, tramitación de créditos…)
- Apoyar a la persona universitaria en la búsqueda de una alternativa temporal de alojamiento en el caso de cese imprevisto de la convivencia por causas no imputables a éste, y no sea posible la permanencia en el domicilio de la persona mayor durante el tiempo necesario para la búsqueda de otro alojamiento