
La federación subraya que «el salario justo no se coge vacaciones», lo que implica que la retribución durante las vacaciones no debe ser inferior a la habitual.
Desde la Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT CyL, se enfatiza que conceptos salariales habituales como la nocturnidad, turnos, toxicidad, domingos y festivos, productividad, y otros pluses que formen parte del salario regular, deben incluirse en la nómina de vacaciones. Esta exigencia se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, específicamente en los fallos del 4 de diciembre de 2019 y 1 de octubre de 2020, y reiterada en una sentencia más reciente del 9 de mayo. El Tribunal Supremo argumenta que no incluir estos pluses resultaría en una penalización económica para el trabajador durante su período de descanso.
En cuanto a la forma de cálculo de estos conceptos, UGT FICA CyL explica que se debe realizar un promedio de todos los conceptos percibidos de forma habitual durante los últimos 11 meses previos a las vacaciones. Es crucial que estos conceptos se hayan percibido en la nómina durante los últimos 6 meses para ser incluidos en el cálculo de la retribución vacacional.
UGT FICA Castilla y León es tajante al afirmar que «la retribución percibida durante el período vacacional no puede ser diferente del resto». Si una empresa no está pagando las vacaciones de esta manera, está incurriendo en una ilegalidad, y los trabajadores tienen derecho a reclamar el pago correcto.