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¿Podrían quedar en el aire las multas por no llevar la V16? Europa examina la norma

La polémica ya no se centra en si el dispositivo mejora la seguridad vial, sino en si España notificó correctamente a la Comisión Europea los requisitos técnicos obligatorios conforme a la Directiva (UE) 2015/1535.

La obligación de utilizar la baliza V16 conectada a partir de 2026 ha abierto un frente inesperado: un posible conflicto jurídico en el ámbito europeo. La discusión, según el análisis difundido por especialistas en Derecho de la UE, ya no es técnica ni de seguridad vial, sino de procedimiento legal.

El foco está en la Directiva (UE) 2015/1535, que exige a los Estados miembros notificar previamente a la Comisión Europea cualquier proyecto de reglamentación técnica que pueda afectar al mercado interior. Este trámite no es menor: busca evitar barreras técnicas nacionales que limiten la libre circulación de productos dentro de la UE.

Qué es lo que se cuestiona

Según el documento, el punto controvertido no es solo sustituir los triángulos por una luz de emergencia. La clave es que se exigen especificaciones técnicas concretas, como conectividad integrada y transmisión de datos a una plataforma determinada. Cuando un producto pasa a ser obligatorio y además debe cumplir requisitos técnicos definidos a nivel nacional, puede considerarse “reglamentación técnica” a ojos del Derecho europeo.

La Directiva establece un sistema de control preventivo: antes de aprobar la norma, el Estado debe comunicar el proyecto y abrir un periodo de examen para observaciones. En el texto se subraya que no es un trámite formal, sino una garantía del mercado interior.

Consecuencias: el impacto podría llegar a las sanciones

El documento recuerda que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado que si una reglamentación técnica debía notificarse y no se notificó, esa norma puede resultar inaplicable frente a particulares. En la práctica, esto podría adquirir relevancia si las sanciones se apoyan en requisitos técnicos discutidos.

Además, se advierte de otro posible frente: imponer requisitos técnicos muy específicos podría interpretarse como una medida equivalente a una restricción cuantitativa, en el marco del artículo 34 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, si complica la entrada en el mercado de otros dispositivos similares.

“El debate no gira en torno a la seguridad”

Andrea Gullo, abogado de Pyramid Consulting y especialista en Derecho europeo, resume el giro del caso: el debate “no gira en torno a si la baliza mejora la seguridad vial, sino a si el procedimiento seguido respeta las garantías del Derecho de la Unión”. Y añade que si se imponen requisitos obligatorios sin cumplir la notificación previa, puede abrirse un escenario de discusión sobre la aplicabilidad de la norma y la solidez del régimen sancionador.

Qué puede pasar a partir de ahora

A medida que se acerque la entrada en vigor definitiva de la V16 conectada, el conflicto podría trasladarse a los tribunales. El análisis insiste en que la UE no impide regular el tráfico, pero sí exige hacerlo sin romper el equilibrio entre autonomía normativa y mercado interior. La conclusión es clara: la controversia ya no es tecnológica, sino jurídica.

En León, donde miles de conductores se preparan para el cambio, el caso añade una pregunta práctica: si el debate legal avanza, el escenario podría afectar a cómo se interpreta y aplica la obligación, especialmente cuando se acerque 2026.

Fuente
Ahora León
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