a Junta ha recibido 30.661 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes 16 de marzo hasta las 14 horas de hoy lunes, día 13 de abril, en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Estos expedientes afectan a un número potencial de 171.269 trabajadores en la Comunidad.
A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:
– Ávila: 1.809 ERTEs y 6.871 trabajadores.
– Burgos: 4.822 ERTEs y 32.208 trabajadores.
– León: 5.972 ERTEs y 20.798 trabajadores.
– Palencia: 1.676 ERTEs y 7.814 trabajadores.
– Salamanca: 3.918 ERTEs y 12.748 trabajadores.
– Segovia: 2.069 ERTEs y 9.470 trabajadores.
– Soria: 1.174 ERTEs y 6.643 trabajadores.
– Valladolid: 6.676 ERTEs y 29.510 trabajadores.
– Zamora: 2.018 ERTEs y 7.156 trabajadores.
– Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 527 ERTEs y 38.051 trabajadores.
La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibidos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse aquí Enlace a la información actualizada sobre ERTES
NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:
– Las OTT de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.
– La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.
– El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.