
Ahora León / Noticias de León, Eutanasia
Este jueves, el Congreso de los Diputados convoca un Pleno extraordinario para cumplir con los requisitos necesarios para que la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) sea aprobada. Esta la ley llega a la Cámara baja con el apoyo de más de 200 diputados por tanto es improbable que sea rechazada. Posteriormente el Senado deberá confirmar su aprobación definitiva.
Esta ley va a regular la eutanasia y el suicidio asistido. Ambos tienen un objetivo común, que la muerte en determinadas condiciones pueda ser facilitada a la persona que la solicita con el máximo rigor ético, profesional y afectivo al considerarla un derecho.
En ninguna otra cuestión existe tanta diferencia entre lo que opina la ciudadanía y lo que recogen las leyes. Mientras que la mayoría quiere que se legalice la eutanasia (87% según la encuesta más reciente, Metroscopia en 2019), esta sigue recogida en el Código Penal como un delito. La aprobación de la LORE resolverá esta anomalía democrática y reconocerá un nuevo derecho.
España será el cuarto país europeo que despenalice la eutanasia, tras Países
Bajos, Bélgica y Luxemburgo –en Suiza lo que está permitido es el suicidio asistido–.
Lo que va a garantizar esta ley es que las personas con enfermedades graves e incurables o graves, incurables e invalidantes puedan solicitar ayuda para morir. Pueden acogerse a ella las personas mayores de edad, esta ley no contempla su aplicación a los menores de edad y tampoco se prevé que los padres la pidan para un hijo. Otros requisitos son la nacionalidad española o tener residencia legal en España, y muy importante ser capaz y consciente en el momento de la solicitud. Este último requisito es subsanable cuando la persona tiene hecho el Testamento Vital o el Documento de voluntades anticipadas en el que expresa la petición de la eutanasia en las condiciones que marca la ley.Desde DMD creemos que esta ley constituye un avance muy importante e nuestro derecho a una muerte digna, si bien algunos aspectos deberán ser revisados en el futuro.
El proceso empieza con la petición de ayuda para morir del interesado a su
médico/a y debe hacerse por escrito dos veces con un intervalo de quince días.
Otro doctor/a consultor, ajeno al equipo y conocedor e informado del proceso y patología del paciente será requerido para corroborar que se cumplen todos los requisitos que se
recogen en la ley, y por último el informe de ambos llegara a la Comisión de Garantía y
Evaluación.
Los miembros de esta Comisión un mínimo de 7, entre los que se incluirán
personal médico y juristas, serán designados por los gobiernos autonómicos y el
Ministerio de Sanidad para Ceuta y Melilla. Esta Comisión tendrá que emitir una
resolución final que dé luz verde al proceso. Si la respuesta fuera negativa el paciente
puede proceder a una demanda jurídica.
En el momento final, cuando se vaya a proceder a la eutanasia, si el paciente está
consciente deberá volver a ratificar su decisión. En cualquiera de las fases el proceso
puede ser detenido.
La Comisión de Garantía y Evaluación establece el punto definitivo y final. En razón
a su configuración DMD teme que en algunas comunidades se pueda
interpretar la ley anteponiendo las creencias personales de los miembros de la Comisión
a la voluntad reiterada de morir de la persona que solicita ayuda. En ninguno de los
países en los que está despenalizada la eutanasia el sistema de control es previo. Lo
habitual es que existan Comisiones de Garantía cuya evaluación es posterior al
fallecimiento. Tras la investigación y en caso de indicios de delito la Comisión lo
pondría en conocimiento de la Fiscalía.La experiencia de Países Bajos, Bélgica y Canadá
demuestra que el control posterior es suficientemente garantista.
Desde DMD creemos
que este proceder no entorpece ni alarga aún más los plazos, lo que si ocurrirá con el
control previo que se impondrá en nuestro país.
La norma incluye que la eutanasia esté dentro del Sistema Nacional de Salud y por
tanto asegura su financiación pública. Cuando una persona la solicite, se podrá llevar a
cabo en centros sanitarios públicos, privados, y en su propio domicilio En caso de objeción de conciencia por parte del profesional sanitario, las instituciones están obligadas a dar solución al problema designando a otro profesional.
La eutanasia no es una obligación, es un derecho como lo es también la opción a
solicitar cuidados paliativos si así lo desea el/la paciente,