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Hito judicial para los funcionarios: El tiempo de interino contará para consolidar el grado personal en Castilla y León

Una sentencia del Tribunal Supremo obliga a la Junta a reconocer la experiencia previa, equiparando derechos tras años de litigio.

Una reciente sentencia casacional de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha marcado un antes y un después en la carrera profesional de los funcionarios en Castilla y León. A partir de ahora, el tiempo desempeñado como funcionario interino deberá ser tenido en cuenta para la consolidación del grado personal, un derecho fundamental que vertebra la promoción y garantiza el complemento de destino.

Tradicionalmente, solo el tiempo de servicio como funcionario de carrera se consideraba para la consolidación del grado personal. Sin embargo, este nuevo fallo judicial, fundamentado en la normativa y jurisprudencia europea, en particular la doctrina de primacía del Derecho de la Unión y la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cambia las reglas del juego. La sentencia declara que, en casos de abuso de temporalidad en relaciones de empleo temporal de larga duración, no se puede denegar el reconocimiento del grado personal consolidado si, previamente a adquirir la condición de funcionario de carrera, se habían prestado servicios como interino y se había consolidado un grado superior en ese período.

Un derecho largamente esperado

El grado personal es un pilar de la carrera profesional, un instrumento de promoción y garantía salarial a través del complemento de destino. En Castilla y León, la legislación vigente reconoce el grado personal de oficio, salvo excepciones puntuales. No obstante, hasta ahora, el tiempo de interinidad era un vacío legal que perjudicaba a muchos empleados públicos.

La Unión Sindical de Castilla y León (USCAL-TISCYL) ha sido clave en este largo proceso judicial y pone a disposición de todos los funcionarios sus servicios jurídicos para asegurar que la Junta de Castilla y León cumpla con esta nueva obligación de valorar todo el tiempo de servicios realizado temporalmente y validar la experiencia en destinos anteriores.

Este fallo representa una victoria significativa para los empleados públicos, equiparando sus derechos y garantizando que la experiencia y el desempeño durante los periodos de interinidad sean debidamente reconocidos en su carrera profesional.

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