La frase Hazme un bizum ya forma parte del lenguaje cotidiano. Desde su creación en 2016, esta herramienta ha revolucionado los pagos electrónicos en España, con una media de 35 bizums por segundo, y ya representa el 95 % de las transferencias inmediatas y el 53 % del total de transferencias de la zona SEPA.
Pero como Hacienda somos todos, y siguiendo la estela de Vinted y Wallapop, el Gobierno está trabajando en un real decreto que se publicará próximamente e incorporará, entre otras novedades, los cambios que afectan a las plataformas de pagos móviles como Bizum. «Cuando el real decreto entre en vigor, los bancos deberán informar a Hacienda sobre los ingresos que empresarios y autónomos reciban mediante pagos móviles como Bizum», explica Benjamí Anglès, profesor de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) y experto en derecho financiero y tributario.
Bizum ya supera la cifra de 28 millones de usuarios y 82.000 comercios asociados, y en 2024 en esta plataforma se llevaron a cabo casi 1.100 millones de operaciones por valor de más de 44.000 millones de euros, según datos de la propia empresa. «Hasta la fecha, las entidades bancarias estaban obligadas a informar anualmente a Hacienda sobre los cobros que recibían los empresarios y autónomos mediante tarjetas de débito o de crédito, siempre que superasen los 3.000 euros», comenta el profesor Anglès. Pues bien, con los cambios que se anuncian, se elimina este límite y también se incluyen los ingresos recibidos a través de Bizum u otros sistemas de pagos electrónicos, independientemente del domicilio del pagador y del de la entidad financiera que gestione el pago.
La Agencia Tributaria podrá revisar tus bizums
«A partir de ahora, los bancos y demás entidades gestoras deberán presentar declaraciones mensuales para informar sobre los importes y las cuentas destinatarias de tales ingresos, de modo que la Agencia Tributaria conocerá los datos y las cantidades recibidas por los sujetos que utilizan este tipo de plataformas para facturar sus actividades y servicios», añade.
En principio, este cambio legal no afecta a los usuarios particulares que utilizan Bizum u otros medios móviles para enviar dinero, especialmente cuando estos envíos se realicen entre familiares o amigos y no superen los 10.000 euros anuales. «No obstante, el hecho de que Hacienda pueda llegar a saber de su existencia y disponer de los datos de los destinatarios de los pagos, haría públicos, a los ojos de Hacienda, unos actos que hasta ahora podían percibirse como exclusivamente privados», advierte el experto en derecho tributario de la UOC.
«De modo que, cuando se efectúe un pago a un empresario o autónomo mediante un sistema móvil a cambio de una actividad o servicio, ambas partes tendrán que ser conscientes de que dicha operación podrá ser conocida por la Agencia Tributaria», ejemplifica. A partir de esta información, las autoridades tributarias podrán hacer las comprobaciones e inspecciones que consideren oportunas para determinar su correcta tributación.
De entrada, dichas comprobaciones e inspecciones recaerán sobre los sujetos pasivos obligados a declarar y tributar por tales ingresos, pero dado que la tecnología permite identificar el origen de los pagos, no es descartable, según Anglès, que también se puedan enviar requerimientos de información a los pagadores para que expliquen y confirmen el motivo y el contenido de las operaciones.