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Bulos habituales sobre las bajas laborales

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Que si no se puede viajar, que si no generas vacaciones, que estando de baja no generas paro…y un amplio etcétera.

omo bien detalla ‘Un tío legal’ en su cuenta de Instagram, muchas informaciones que damos por válidas son fake news y es tan fácil como acudir a la legislación para comprobar todo.

A continuación desmentimos los principales mitos y bulos que existen sobre las bajas laborales.

  1. No pierdes vacaciones: es uno de los bulos más extendidos. Estando de baja no pierdes vacaciones. Sigues generando días de vacaciones ya que sigues cotizando, por lo que tendrás los mismos días que si no hubieras estado de baja. Si la baja te pilla en plenas vacaciones, tampoco hay que preocuparse, en esos casos las vacaciones se paralizan y las podrás disfrutar cuando finalice la baja.
  2. Días festivos: si en lo que dura tu baja médica hay algún festivo de por medio, no los recuperas.
  3. Estás cotizando: otro mito es el de que estás gastando paro mientras estás de baja. Totalmente falso. En una baja médica sigues ligado a la empresa, estás cotizando aunque cobres menos (en función del tipo de baja el porcentaje de cobro varía). La prestación que cobras no tiene nada que ver con el paro.
  4. No te pueden despedir: sí y no. Estando de baja te pueden despedir, pero el motivo no puede ser la baja médica. En ese caso podrías denunciar el despido por improcedente.
  5. Las pagas extra: no generas paga extra durante el tiempo que estés de baja. No quiere decir que no se vaya a cobrar (aquellos que no la tengan prorrateada), sino que se cobrará descontando el porcentaje de días de baja.
  6. ¿Y viajar? Muchos creen que no se puede salir de la comunidad y mucho menos al extranjero estando de baja. Pero , si se puede viajar salvo que el tipo de viaje ponga en riesgo la recuperación.

También hay que tener en cuenta las recomendaciones médicas y acudir a todas las citas medicas de la mutua y del medico de cabecera si llaman para una valoración, pues saltarse una cita puede suponer el cese de la prestación ya que son de obligado cumplimiento.

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