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El comercio electrónico ha aumentado de forma desmesurada, pero la normativa que imperaba en este ámbito era más laxa hasta ahora, que ha entrado en vigor hoy sábado 28 de mayo el real decreto que modifica la la Ley General para Defensa de los Consumidores y la Ley de Competencia Desleal.
Con esta adaptación se busca proteger más a los consumidores que compran artículos en las plataformas online. Hoy en día se puede comprar prácticamente de todo en pocos clics. Con un smartphone y conexión a Internet es posible comprar ropa, comida, sacar entradas de cine, vuelos, reservas de hotel…Casi todo lo que uno quiera comprar está en la red.
Comprar online es hoy una rutina y la publicidad online o las reseñas de productos son unos de los factores que los usuarios tienen en cuenta a la hora de decidirse por unos u otros productos. La competencia y el abanico de precios es enorme en la red, por lo que una de las herramientas que los compradores tienen para decidirse son las conocidas reseñas, comentarios que, teóricamente, otros compradores anteriores publican sobre el producto. Con el auge del comercio online se incrementaron las prácticas de estafa en estas reseñas y las marcas/tiendas pagan a usuarios o se sirven de bots para ‘comprar’ reseñas positivas y atraer a más usuarios a su portal.
Pero no solo ocurre con productos que se compran, sino también con servicios como un restaurante o un hotel, entre otros. Las reseñas que los clientes dejan sobre estos establecimientos ayudan a posicionar su negocio en los buscadores además de contribuir a su buena o mala fama, por lo que disponer de reseñas positivas es fundamental.
¿Qué ocurre ahora con las reseñas falsas o la publicidad encubierta?
Desde hoy 30 de mayo las empresas deberán verificar que los comentarios sobre sus productos o servicios proceden de verdad de clientes reales que han consumido o comprado el producto. Además deberán detallar cómo procesan y analizan este tipo de información.
Otra práctica que persigue la ley desde ahora es la reventa de entradas cuando se impida que todos los usuarios puedan acceder al mercado con normalidad.
También actuará contra el incumplimiento de garantías que los consumidores disponen, como el derecho a dar de baja un contrato o servicio, acciones que muchas empresas obstaculizan de diferentes formas.
Sanciones de hasta 1 millón de euros
Con la nueva normativa las sanciones por incumplir los nuevos principios se elevan hasta 1 millón de euros o hasta 8 veces el beneficio que se ha obtenido de manera ilícita.
En el caso de marcas/empresas que operen en varios estados miembros de la UE, la multa será del 4% de su volumen de facturación.
También se contemplan otras sanciones como el cierre del negocio, el decomiso de las mercancías así como la difusión de las sanciones ejecutadas contra dicha empresa.
La ley también afecta a los influencers
Con el auge de Internet y en particular de las redes sociales la figura del influencer se ha erigido como una nueva profesión de éxito. Personalidades con muchos seguidores en las principales plataformas, como Instagram o Twitter, se valen de su influencia para lograr contratos con grandes marcas o empresas.
La mayoría promociona sus productos/servicios a cambio de dinero, pero en muchas ocasiones no lo etiquetan como contenido patrocinado o publicidad, lo que a partir de hoy es ilegal y pueden acabar con graves sanciones.