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USCAL denuncia la incapacidad de Mañueco para poner en marcha sus propias leyes

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En USCAL nos mostramos conformes con el acuerdo áulico que permitirá que exclusivamente a las enfermeras/os del Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl) se les aproximen sus retribuciones anuales a la media del resto de Comunidades Autónomas. Pero también exigimos esa misma equiparación para el resto de cuerpos de la Administración autonómica. Por ello, en USCAL nos preguntamos cómo es posible que haya dinero para ese colectivo sanitario que lleva disfrutando, al igual que el resto de categorías sanitarias y no sanitarias del Sacyl, de la Carrera Profesional desde enero del 2007, mientras que el resto de personal docente y de servicios generales de la Junta de Castilla y León sigue esperando que se ponga en marcha, primero, la Carrera Profesional regulada en el Estatuto del Empleado Público de 2007 y en la Ley 7/2019, de 19 de marzo, y segundo, que se mejoren sus retribuciones equiparándolas con el resto de Administraciones.

         La incapacidad del Gobierno de Mañueco para cumplir sus propias leyes nos ha obligado a presentar una denuncia ante el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León en la que le informamos que

  • por Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal al Servicio de las Instituciones Sanitarias Públicas sobre la Carrera Profesional del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León todos los trabajadores estatutarios, funcionarios y laborales del SACYL, tienen establecida la CARRERA PROFESIONAL con efectos económicos del reconocimiento del grado a partir del día 1 de enero del año 2007.
  • desde la aprobación, en el 2007, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (hoy refundida en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) está contemplada la CARRERA PROFESIONAL (que consiste en la progresión de categoría sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo) para todos los Empleados Públicos.
  • la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, entró en vigor el 26 de abril de 2019 y en su disposición final segunda señala que: “En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, previa negociación en el seno de la mesa General de Empleados Públicos e informe del Consejo de la Función Pública, la Junta de Castilla y León aprobará su desarrollo reglamentario”. Y que por lo tanto, el 26 de octubre de 2019 terminó el plazo para el meritado desarrollo reglamentario.
  • a día de hoy no se ha comenzado con el desarrollo normativo y lo que es más gravoso aún, ni siquiera aparece en el Calendario Anual Normativo de 2021 publicado en la página web de la Junta de Castilla y León.

Incumpliendo lo que se establecía en ese mismo Calendario en el 2020, en el que figuraba lo siguiente: “Denominación: Decreto por el que se aprueba el reglamento de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de Castilla y León.

Objetivo: desarrollar la carrera profesional horizontal y el proceso de evaluación del desempeño de los empleados públicos, en los términos previstos en la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Plazo previsto: Segundo trimestre de 2020”.

  • esta Organización Sindical entiende que se trata de una probada ilegalidad omisiva sobre la que le pedimos amparo, dado que la ausencia de previsión reglamentaria supone el incumplimiento de una obligación expresamente establecida por la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

– con ello se priva de un derecho reconocido a una parte de los empleados públicos de esta Administración Autonómica, y se hace finalmente con un sesgo manifiestamente discriminatorio desde el momento en que el personal al servicio de las Instituciones Sanitarias de la comunidad Autónoma –en definitiva, un sector de sus empleados públicos- no sólo cuenta con esa regulación sino que incluso en ausencia de ley de presupuestos, la Administración sigue convocando los correspondientes procedimientos de reconocimiento de carrera, resultando al fin perentorio que se dé un pronto cumplimiento a las obligaciones legales que pesan sobre la Administración de la Junta de Castilla y León.

– la conducta de obstrucción por dejación de funciones que viene manifestando la Administración está siendo severamente reprendida por una línea Jurisprudencial consolidada que rechaza el uso de la potestad reglamentaria como instrumento para “inutilizar”, de facto, derechos de los administrados –o de los funcionarios-, tal como recoge la reciente STS 3049/2016.

Finalmente le expresamos al Alto Comisionado que en opinión de USCAL, nos encontramos ante un supuesto manifiestamente análogo a los descritos –y reprobados en sede judicial-, donde la inacción administrativa en el ejercicio de una potestad no sustituible se emplea en realidad para dilatar cuando no infringir una disposición legal. No deja de sorprender esta deriva de los acontecimientos, por otra parte, vista la incongruencia entre la llamativa premura con que fue tramitado el proyecto que cristalizaría en la Ley 7/2019, de 19 de marzo, y la incapacidad mostrada por la Administración para no elaborar, en ya más de dos años, una norma técnica de la que existen innumerables modelos comparativos en la normativa de otras Administraciones Públicas y en el seno de la propia Junta de Castilla y León en la Gerencia Regional de Salud, que cuenta con un modelo de carrera profesional contrastado desde hace 12 años.

El desarrollo de la Carrera Profesional permitirá que todos los empleados públicos de Castilla y León perciban un complemento retributivo, que está fijado en función del subgrupo de pertenencia. Se estratifica en 4 categorías y su progresión dependerá de la evaluación del desempeño profesional, es decir, la trayectoria y actuación profesional, los conocimientos adquiridos y el rendimiento y logros obtenidos a lo largo de la vida laboral. También podrán incluirse otros méritos y aptitudes por razón de la especificidad de la función desarrollada y la experiencia adquirida. Y todo ello sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo.

Esta progresión alcanzada por el Empleado Público dentro del sistema de carrera administrativa tendrá unos complementos retributivos que en la ley de presupuestos generales de Castilla y León para el 2021 llevan asociados unas cantidades que oscilan desde los 600 €/año en la categoría y subgrupo más bajo, hasta los 8.400 €/año en la categoría y subgrupo más alto

En USCAL confiamos que el Procurador del Común inste al Consejero de la Presidencia a que adopte las medidas necesarias con el fin de dar efectivo cumplimiento a la disposición final segunda de la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. De no ser así, recurriremos a la vía judicial para que los 60.000 trabajadores de la Junta de Castilla y León que en el día de la fecha no tienen establecida su carrera profesional horizontal hagan efectivo este derecho, no sin que previamente llevemos a cabo todas las manifestaciones reivindicativas que sean necesarias para consolidar el mismo.

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