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Dentro del ciclo de conferencias que organiza Activos y Felices bajo el titulo “Conoce Tus Derechos” tuvo lugar una jornada con un contenido interesantes y sin duda desconocido: “La Mediación Familiar: una forma positiva de resolver conflictos” impartida por Asun Mayo, Abogada, Experta en Mediación Familiar y Coach.
“Para que la mediación familiar pueda producirse es imprescindible que se realice en un contexto en el que el respeto y la igualdad entre los participantes en la mediación estén garantizados” manifestó Asun Mayo
La mediación familiar, que tiene una regulación jurídica propia en la Comunidad de Castilla y León, es un instrumento de ayuda profesional para la búsqueda de soluciones y acuerdos cuando se produce o se va a producir una ruptura de pareja y en otros conflictos familiares.
En los procedimientos de mediación familiar intervienen profesionales cualificados, neutrales e imparciales, que procuran crear entre las personas en conflicto un marco de comunicación que les ayude a gestionar su ruptura. Estos profesionales sirven de guía en el procedimiento, ofreciendo a la familia la oportunidad de alcanzar un acuerdo, facilitando la comprensión de las emociones inherentes a los conflictos, intereses y necesidades de todas las personas implicadas.
Por ello, cualquier proceso de mediación familiar debe respetar nueve principios básicos para llegar a buen término.
- Voluntad.
Las personas que desean resolver de forma constructiva la situación de conflicto que están viviendo y quieren llegar a soluciones que den respuesta a sus necesidades.
- Voluntariedad.
Conlleva la capacidad de decisión que los participantes en una mediación tienen con respecto a iniciar, seguir o abandonar un proceso de mediación en el momento que lo deseen sin que ello les suponga ningún perjuicio.
- Confidencialidad.
El contenido de las sesiones de mediación siempre está bajo secreto profesional, salvo en situaciones de violencia en que los mediadores deberán comunicarlo a las autoridades, tal y como regula la legislación española vigente. Esto garantiza que las personas puedan expresarse con total libertad, lo que servirá para construir una relación de confianza hacia el mediador o mediadora. Los contenidos no podrán ser divulgados excepto en los casos en que esto constituya un ilícito penal.
- Flexibilidad.
El procedimiento de la mediación debe adaptarse a las necesidades de las personas mediadas.
- Neutralidad.
La persona que media en el proceso debe mantener una postura y una mentalidad neutras, sin ceder a sus propias inclinaciones o preferencias, y respetando las preferencias de las personas sujetas a la mediación.
- Imparcialidad.
El mediador o la mediadora debe actuar libre de favoritismos y prejuicios, tratando a las personas mediadas con objetividad y sin hacer diferencias que puedan perjudicarles o desequilibrar el proceso. Es fundamental recordar que son las partes las que deben llegar a acuerdos entre ellas, el mediador solo se encargará de facilitar que encuentren las soluciones o los posibles pactos.
- Inmediatez.
Por su carácter preventivo y de tratamiento de crisis en el menor tiempo posible, el servicio de mediación familiar debe prestarse con la mayor celeridad posible, simplificando los trámites y procedimientos.
- Interés superior de menores y personas dependientes.
Las y los mediadores gestionan las negociaciones durante el proceso de mediación, ayudando a las partes a tomar sus propias decisiones, sin juzgar ni valorar su competencia.
- Buena fe y transparencia.
Durante todo el proceso de mediación debe prevalecer la transparencia y la buena fe por parte de todas las personas que participan.